Vacaciones en Argentina: cuántos días te tocan por antigüedad y cómo se calcula el pago
Argentina · 4 min de lectura · Actualizada el 18 de octubre de 2026
En breve
Tienes 14 días corridos de vacaciones si tienes hasta 5 años de antigüedad, 21 de 5 a 10, 28 de 10 a 20 y 35 con más de 20. El pago se calcula dividiendo el sueldo mensual entre 25 y multiplicando por los días: es más que la parte proporcional ordinaria. Para tener el descanso completo debes haber trabajado al menos la mitad de los días hábiles del año. Deben otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril (salvo acuerdo), con aviso al trabajador de 30 días de anticipación desde la Ley 27.802.
Cuántos días de vacaciones te corresponden
| Antigüedad | Días corridos de vacaciones |
|---|---|
Requisito de tiempo trabajado
Cómo se calcula el pago
Cuándo se toman
Las vacaciones deben concederse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente; por acuerdo entre las partes pueden pactarse fuera de ese periodo. El empleador debe notificarte por escrito con al menos 30 días de anticipación (eran 45 antes de la reforma laboral de 2026; un convenio colectivo puede fijar otro sistema), indicando fecha de inicio y fin. El periodo debe empezar un día lunes (o el día hábil siguiente si es feriado), salvo que tu jornada incluya fines de semana. Pueden fraccionarse por acuerdo entre las partes, en tramos de al menos siete días corridos (por ejemplo, 21 días en tres tramos de 7). No se pueden acumular de un año a otro ni cambiar por dinero mientras la relación laboral continúa. Se pagan antes de empezar el descanso, con el sueldo ordinario.
Vacaciones no gozadas al terminar el contrato
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Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me tocan en Argentina?
¿Cómo se pagan las vacaciones?
¿Puedo cobrar las vacaciones en lugar de tomarlas?
¿Cuánto tiempo antes deben avisarme?
Fuentes consultadas
- Ley de Contrato de Trabajo, arts. 150 a 157 (InfoLEG)
- Ministerio de Capital Humano – Secretaría de Trabajo
Contenido informativo, no es asesoramiento legal ni fiscal. Las normas cambian: antes de decidir, comprueba la cifra vigente en la fuente oficial o consulta a un profesional. Cómo trabajamos: sobre nosotros.