Aguinaldo en Costa Rica 2026: cómo se calcula, cuándo se paga y por qué no tiene rebajos

Costa Rica · 4 min de lectura · Actualizada el 25 de octubre de 2026

En breve

  • El aguinaldo (Ley 2412) equivale a un mes de salario al año : la suma de todo lo ganado entre el 1 de diciembre y el 30 de noviembre , dividida entre 12 .
  • Debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre .
  • Incluye horas extras, comisiones e incentivos : no solo el salario base.
  • No tiene rebajos de CCSS ni de impuesto sobre la renta (en un salario normal te rebajan en total cerca del 10,8 % de cargas sociales): lo cobras íntegro, salvo una pensión alimentaria.

Quién tiene derecho

Todo trabajador del sector privado con una relación laboral, también los de servicio doméstico, los de tiempo parcial y los que trabajan por días u horas, tiene derecho a aguinaldo. No importa si el contrato es por tiempo indefinido o determinado, ni si la persona renunció o fue despedida: lo trabajado en el periodo genera el derecho.

Cómo se calcula

  1. Suma todo lo que ganaste en bruto entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre: salario, horas extras, comisiones, incentivos y vacaciones pagadas.
  2. Divide el total entre 12 .
  3. El resultado es tu aguinaldo. Si trabajaste menos de 12 meses, la suma es menor y el aguinaldo también, en proporción.
Ejemplos de aguinaldo con un salario de ₡700.000
CasoCálculoAguinaldo
Año completo con salario fijo ₡700.000 × 12 ÷ 12 ₡700.000
Año completo con ₡240.000 en horas extras y comisiones (₡700.000 × 12 + ₡240.000) ÷ 12 ₡720.000
Solo 5 meses trabajados ₡700.000 × 5 ÷ 12 ₡291.667

Como se suman los salarios brutos de cada mes, los aumentos de salario durante el año también suben el aguinaldo. Puedes calcularlo con la calculadora de aguinaldo y ver tu salario neto mensual en la calculadora de salario de Costa Rica .

Cuándo se paga

La ley establece que se paga en los primeros veinte días de diciembre, así que la fecha límite es el 20 de diciembre . Si la relación laboral termina antes, el empleador debe pagar el aguinaldo proporcional en la liquidación, junto con las vacaciones no disfrutadas y, si corresponde, el preaviso y la cesantía.

Por qué no tiene rebajos

Cada mes, de tu salario se rebajan las cuotas obreras de la CCSS (enfermedad y maternidad 5,5 % e IVM 4,33 %) y el aporte al Banco Popular (1 %), más el impuesto al salario si superas el tramo exento. El aguinaldo no paga ninguna de esas cargas: está exento de cargas sociales y del impuesto sobre la renta.

Según el Ministerio de Trabajo, al aguinaldo no se le aplica ninguna deducción, con una única excepción: la pensión alimentaria, que sí puede rebajarse de él.

Errores frecuentes al calcularlo

  • Usar el salario neto: el aguinaldo se calcula con los salarios brutos , antes de las rebajas de la CCSS y el Banco Popular.
  • Tomar el año de enero a diciembre: el periodo va del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre.
  • Olvidar las horas extras y comisiones: también forman parte de la suma, igual que las vacaciones pagadas.
  • Calcularlo solo con el último salario: si tuviste aumentos, cada mes cuenta con lo que realmente cobraste, por eso el resultado puede ser algo menor que tu salario actual.
  • Pensar que no hay aguinaldo en el servicio doméstico o por horas: todos los trabajadores asalariados tienen derecho, en proporción a lo ganado.

Qué hacer si no te lo pagan

  1. Confirma el cálculo sumando tus salarios brutos de diciembre a noviembre.
  2. Pide el pago por escrito al empleador.
  3. Puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), que también ofrece una calculadora oficial.
  4. Guarda tus comprobantes de pago: son la base del cálculo.

Calcula tu caso

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el aguinaldo en Costa Rica?
Se suman los salarios brutos ganados entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre (incluidas horas extras y comisiones) y se divide entre 12.
¿Cuándo se paga el aguinaldo?
A más tardar el 20 de diciembre.
¿El aguinaldo paga CCSS o impuesto de renta?
No. Está exento de cargas sociales y del impuesto sobre la renta; la única deducción posible es la pensión alimentaria.
¿Tengo derecho a aguinaldo si renuncié?
Sí. Se paga en proporción a lo ganado en el periodo, con la liquidación.

Fuentes consultadas

Contenido informativo, no es asesoramiento legal ni fiscal. Las normas cambian: antes de decidir, comprueba la cifra vigente en la fuente oficial o consulta a un profesional. Cómo trabajamos: sobre nosotros.

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