Despido sin justa causa en Colombia: cómo se calcula la indemnización (art. 64 CST)
Colombia · 4 min de lectura · Actualizada el 18 de octubre de 2026
En breve
Si te despiden sin justa causa , además de la liquidación de tus prestaciones tienes derecho a una indemnización (art. 64 del CST). En contrato indefinido con salario de menos de 10 salarios mínimos: 30 días el primer año y 20 días por cada año adicional. En contrato a término fijo o por obra o labor se paga lo que faltaba para terminar el contrato (en la obra, con un mínimo de 15 días ). La liquidación (cesantías, prima, vacaciones) se debe aunque haya justa causa; la indemnización solo cuando el despido es injustificado.
Liquidación e indemnización: dos pagos distintos
Cuándo el despido es sin justa causa
Cómo se calcula según el tipo de contrato
| Tipo de contrato | Indemnización |
|---|---|
Ejemplos
| Salario | Cálculo de días | Días | Indemnización |
|---|---|---|---|
Qué más se paga en la liquidación
Salario de los días trabajados del último mes. Cesantías e intereses sobre cesantías del tiempo trabajado y no consignado (ver prestaciones sociales ). Prima de servicios del semestre en curso. Vacaciones causadas y no disfrutadas (ver vacaciones ). Salarios y auxilios pendientes, y las horas extras no pagadas.
Plazos y pasos si no te pagan
Pide la liquidación por escrito y exige el desglose de cada concepto. Si no pagan a tiempo, puede aplicar la indemnización moratoria del artículo 65 del CST: un día de salario por cada día de retraso (con reglas especiales a partir de los 24 meses). Puedes acudir al Ministerio del Trabajo para conciliar o a la justicia laboral. Las acciones prescriben a los tres años desde que la obligación se hace exigible.
Calcula tu caso
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me pagan si me despiden sin justa causa con contrato indefinido?
¿Tengo derecho a indemnización si renuncio?
¿Y si mi contrato es a término fijo?
¿La indemnización paga impuestos?
Fuentes consultadas
Contenido informativo, no es asesoramiento legal ni fiscal. Las normas cambian: antes de decidir, comprueba la cifra vigente en la fuente oficial o consulta a un profesional. Cómo trabajamos: sobre nosotros.