Seguridad social de independientes en Colombia: cuánto pagas en la PILA en 2026

Colombia · 4 min de lectura · Actualizada el 18 de octubre de 2026

En breve

  • Los independientes cotizan sobre el IBC , que es el 40 % de su ingreso mensual , con un mínimo de 1 salario mínimo ($1.750.905) y un máximo de 25.
  • Sobre el IBC pagan salud 12,5 % y pensión 16 % ; la ARL depende de la clase de riesgo del trabajo.
  • Se paga en la PILA (planilla integrada) cada mes, en una fecha que depende de los dos últimos dígitos del NIT o la cédula.
  • Desde 4 salarios mínimos de IBC se suma el Fondo de Solidaridad Pensional .

Quién debe cotizar como independiente

Cotiza como independiente quien recibe ingresos por su cuenta y no tiene un contrato de trabajo: contratistas por prestación de servicios, profesionales liberales, comerciantes y trabajadores por cuenta propia. Si tu ingreso mensual es de un salario mínimo ($1.750.905) o más, la afiliación a salud y pensión es obligatoria. Si tienes un contrato laboral y además ingresos independientes, cotizas por ambos.

Cómo se calcula el IBC

El ingreso base de cotización (IBC) es el 40 % del valor mensualizado de tu contrato (Ley 2277 de 2022, art. 89). Para los contratistas de prestación de servicios no se restan costos; quien trabaja por cuenta propia (comerciantes, por ejemplo) toma sus ingresos menos los costos del mes. Después se aplican dos límites: el IBC no puede ser inferior a 1 salario mínimo ni superior a 25.

Aportes de un independiente a la seguridad social
AportePorcentaje sobre el IBCQuién lo paga
Salud 12,5 % El independiente
Pensión 16 % El independiente
Fondo de Solidaridad Pensional 1 % a 2 % según el IBC (desde 4 salarios mínimos) El independiente
ARL (riesgos laborales) Entre 0,522 % (clase I) y 6,96 % (clase V) Clases I a III, el contratista; IV y V, el contratante
Caja de compensación Opcional: 0,6 % o 2 % El independiente, si se afilia

Ejemplo: contrato de $4.000.000 al mes

Un contratista con un contrato de $4.000.000 mensuales: el 40 % sería $1.600.000, que queda por debajo del mínimo, así que el IBC sube a $1.750.905 (1 salario mínimo). Los aportes del mes serían:

PILA de un contratista con ingreso de $4.000.000 y ARL clase I
ConceptoValor
IBC $1.750.905
Salud $218.900
Pensión $280.200
ARL clase I $9.200
Total de la planilla$508.300

Con un ingreso mayor, por ejemplo $12.000.000 al mes, el IBC sería $4.800.000, el total a pagar $1.393.100 y el Fondo de Solidaridad $0. Cada aporte se redondea al múltiplo de 100 superior (Decreto 1990 de 2016). Puedes probar tu caso en la calculadora de PILA para independientes .

Cuándo se paga

La PILA se paga en el mes siguiente al periodo cotizado, en un día hábil que depende de los dos últimos dígitos de tu documento (los dígitos más bajos pagan en los primeros días hábiles del mes y así sucesivamente). Si pagas tarde se generan intereses de mora, y si dejas de cotizar pierdes la cobertura de salud y el avance en tus semanas de pensión. En la calculadora puedes ver tu fecha concreta.

Qué pasa con los costos y las deducciones

Si trabajas por cuenta propia con costos documentados (compras, arriendos, nómina), el IBC se calcula sobre el ingreso menos esos costos, lo que puede bajar el aporte, siempre con el mínimo de 1 salario mínimo. Si eres contratista, el contratante te practica además una retención en la fuente sobre los honorarios y debes presentar tu declaración de renta si superas los topes; los aportes a salud y pensión se descuentan de la base de esa retención.

Cambios pendientes por la reforma pensional

La reforma pensional (Ley 2381 de 2024) prevé cambios en los aportes de pensión y en el Fondo de Solidaridad que, según el estado actual del trámite, no regirían antes del 1 de abril de 2027. Revisaremos esta guía cuando haya una fecha firme.

Calcula tu caso

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga de seguridad social un independiente que gana un salario mínimo?
Con un ingreso de un salario mínimo ($1.750.905), el IBC es de 1 salario mínimo (el 40 % queda por debajo del piso) y los aportes de salud y pensión suman cerca de $499.008, más la ARL si aplica.
¿El contratista de prestación de servicios paga ARL?
Sí, en las clases de riesgo I, II y III la paga el contratista. En las clases IV y V, la paga el contratante.
¿Qué pasa si no cotizo como independiente?
Se pueden generar sanciones de la UGPP, intereses y la pérdida de la cobertura de salud, además del tiempo de cotización para la pensión.
¿Puedo restar mis costos del IBC?
Solo si trabajas por cuenta propia y los costos están soportados. Los contratistas de prestación de servicios no restan costos.

Fuentes consultadas

Contenido informativo, no es asesoramiento legal ni fiscal. Las normas cambian: antes de decidir, comprueba la cifra vigente en la fuente oficial o consulta a un profesional. Cómo trabajamos: sobre nosotros.

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