Retención en la fuente sobre el salario en Colombia: cuándo te la aplican y cómo se calcula
Colombia · 4 min de lectura · Actualizada el 18 de octubre de 2026
En breve
La retención en la fuente no es un impuesto adicional : es un adelanto del impuesto de renta que tu empleador descuenta cada mes y entrega a la DIAN. Solo se aplica si, después de depurar tu ingreso, la base supera 95 UVT al mes ($4.975.530 con la UVT de 2026 de $52.374). La base se depura restando aportes obligatorios a salud y pensión, deducciones (dependientes, vivienda, medicina prepagada) y la renta exenta del 25 % . Si te retienen de más, el exceso se recupera o se compensa al presentar la declaración de renta.
Qué es la retención en la fuente por salarios
Desde qué sueldo te aplican retención
Cómo se depura la base (procedimiento 1)
Ingreso laboral mensual: salario más otros pagos laborales (comisiones, bonos salariales). Restar los aportes obligatorios a salud (4 %), pensión (4 %) y, si aplica, el Fondo de Solidaridad Pensional. Son ingresos no constitutivos de renta. Restar las deducciones: dependientes (10 % del ingreso, máximo 32 UVT al mes), intereses de vivienda (hasta 100 UVT al mes), medicina prepagada (hasta 16 UVT) y aportes voluntarios a pensión o AFC. Restar la renta exenta del 25 % del valor restante, con tope de 790 UVT al año. Aplicar el límite global: deducciones y rentas exentas no pueden superar el 40 % del ingreso depurado ni 1.340 UVT al año. Convertir a UVT y aplicar la tabla del artículo 383.
La tabla de retención del artículo 383
| Desde (UVT) | Hasta (UVT) | Tarifa marginal | Se suma (UVT) |
|---|---|---|---|
Ejemplo con un salario de $8.000.000
| Concepto | Sin dependientes | Con dependientes |
|---|---|---|
Procedimiento 1 y procedimiento 2
Cómo recuperar lo retenido de más
Calcula tu caso
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se debe ganar para que me hagan retención en la fuente en 2026?
¿La retención en la fuente es un impuesto distinto?
¿Cómo reduzco la retención en la fuente?
¿La prima y las cesantías tienen retención?
Fuentes consultadas
- DIAN – UVT 2026 (Resolución 000238 de 2025)
- Estatuto Tributario, arts. 206, 336, 383, 385 y 387 – Función Pública
Contenido informativo, no es asesoramiento legal ni fiscal. Las normas cambian: antes de decidir, comprueba la cifra vigente en la fuente oficial o consulta a un profesional. Cómo trabajamos: sobre nosotros.