Despido intempestivo y desahucio en Ecuador: indemnización, bonificación y liquidación

Ecuador · 4 min de lectura · Actualizada el 3 de noviembre de 2026

En breve

  • Si te despiden sin causa legal (despido intempestivo), cobras una indemnización : 3 meses de remuneración si llevas hasta 3 años, y un mes por año si llevas más (máximo 25 meses). La fracción de año cuenta como año completo.
  • Además, la empresa debe pagarte la bonificación por desahucio : el 25 % de la última remuneración mensual por cada año de servicio .
  • Con $800.00 al mes y 5 años: $4,000.00 de indemnización más $1,000.00 de bonificación, más tu liquidación de décimos, vacaciones y demás haberes.
  • Si renuncias avisando por escrito con al menos 15 días de antelación (desahucio), también te corresponde la bonificación del 25 %.

Despido intempestivo: cuándo se aplica y cuánto se cobra

Es el despido por decisión del empleador sin que exista una causa legal (visto bueno). El artículo 188 del Código del Trabajo fija la indemnización según los años de servicio. Hasta 3 años: 3 meses de remuneración. Más de 3 años: un mes de remuneración por cada año, con un máximo de 25 meses. La fracción de un año se considera año completo , así que 5 años y 4 meses cuentan como 6. Se calcula sobre la remuneración al momento del despido (si es a destajo, el promedio del año anterior).

Indemnización por despido intempestivo con 800 USD de remuneración
AntigüedadReglaIndemnización
2 años 3 meses de remuneración $2,400.00
5 años 1 mes por año $4,000.00
5 años y 4 meses La fracción cuenta como año: 6 meses $4,800.00

Bonificación por desahucio: el 25 % por año

El desahucio es el aviso por escrito con el que la persona trabajadora comunica a su empleador que quiere terminar el contrato; el artículo 184 exige al menos 15 días de antelación (se puede reducir si el empleador lo acepta expresamente) y admite el envío por medios electrónicos. En ese caso, y también cuando la relación termina por acuerdo entre las partes, el empleador debe pagar la bonificación del 25 % de la última remuneración mensual por cada año de servicio (art. 185). Con $800.00 y 5 años: $800.00 × 25 % × 5 = $1,000.00 . En el despido intempestivo (art. 188), la ley remite a esta bonificación como un pago adicional a la indemnización. El texto de la ley no aclara cómo se cuentan las fracciones de año en esta bonificación, así que conviene preguntar a un inspector del trabajo.

La bonificación se paga cuando renuncias con el aviso formal de desahucio o cuando la relación termina de común acuerdo. Si vas a renunciar, entrega el aviso por escrito con los 15 días de antelación y exige la liquidación: el empleador tiene 15 días desde el aviso para liquidarte.

Qué incluye la liquidación final

  • Remuneración pendiente del último mes.
  • Décimo tercero proporcional (una doceava de lo ganado desde el 1 de diciembre; con 800 USD, unos $66.67 por mes) y décimo cuarto proporcional.
  • Vacaciones no gozadas: 15 días por año, con un día extra por cada año después del quinto, hasta un máximo de 15 días adicionales.
  • Fondos de reserva si no los has cobrado mensualmente (mira la guía de fondos de reserva ).
  • Utilidades del año si corresponden.

Despido ineficaz: casos protegidos

El despido es ineficaz (nulo) cuando afecta a mujeres embarazadas o en periodo de maternidad y a dirigentes sindicales. Tienes 30 días para demandar. El juez puede ordenar tu reintegro con los sueldos pendientes y un recargo del 10 %; si no quieres volver, te corresponde además un año de remuneración adicional a la indemnización por despido.

El finiquito: qué firmar y qué no

El trabajador puede impugnar un finiquito si la liquidación no se hizo ante el inspector del trabajo y no fue pormenorizada (art. 595). Pide siempre el detalle de cada concepto antes de firmar, y recuerda que los reclamos laborales prescriben a los 3 años desde el fin de la relación.

Para el resto de tu sueldo, usa la calculadora de sueldo neto de Ecuador y la guía de décimo tercero y cuarto .

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la indemnización por despido intempestivo en Ecuador?
Hasta 3 años de servicio, 3 meses de remuneración; con más de 3 años, un mes por año de servicio, con un máximo de 25 meses. La fracción de año se cuenta como año completo.
¿Qué es el desahucio en Ecuador?
Es el aviso por escrito con el que la persona trabajadora comunica que quiere terminar el contrato, con al menos 15 días de antelación. Da derecho a una bonificación del 25 % de la última remuneración por cada año de servicio.
¿Si renuncio tengo derecho a bonificación?
Si renuncias dando el aviso formal de desahucio con 15 días de antelación, sí: el 25 % por año de servicio. También se paga si la relación termina por acuerdo entre las partes.
¿Qué plazo tengo para reclamar a mi empleador?
Tres años desde que terminó la relación laboral. En el despido ineficaz (embarazadas y dirigentes sindicales) el plazo para demandar es de 30 días.

Fuentes consultadas

Contenido informativo, no es asesoramiento legal ni fiscal. Las normas cambian: antes de decidir, comprueba la cifra vigente en la fuente oficial o consulta a un profesional. Cómo trabajamos: sobre nosotros.

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