Fondos de reserva en Ecuador: cuánto es, cómo se calcula y cómo se cobra o se retira
Ecuador · 4 min de lectura · Actualizada el 3 de noviembre de 2026
En breve
Tienes derecho a los fondos de reserva cuando llevas más de un año con el mismo empleador: equivalen a un mes de remuneración por cada año (el 8,33 % de lo que ganas). Por defecto el empleador te los paga cada mes junto con el sueldo . Si prefieres ahorrarlos, puedes pedir en la web del IESS la acumulación mensual y el empleador los deposita en tu cuenta del IESS. Se calculan sobre toda la remuneración (incluidas horas extras y comisiones), sin los décimos : con $800.00 al mes son $66.64 mensuales, unos $799.68 al año. Es un derecho que no se pierde al cambiar de empleo; si sumas más de un año con el mismo empleador, cuentan los periodos anteriores.
Qué son los fondos de reserva y quién tiene derecho
Cómo se calculan: qué sueldo cuenta
| Periodo | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
Cómo se cobran: pago mensual o acumulación en el IESS
Pago mensual (por defecto): el empleador te los entrega junto con tu sueldo. Debe constar en el rol de pagos. Acumulación en el IESS: si lo solicitas en la web del IESS, el empleador deposita el 8,33 % junto con la planilla de aportes y quedan en tu cuenta individual. Mora del empleador: si no los deposita dentro de los 15 primeros días del mes siguiente, se genera mora con recargos. Si no estás afiliado: el empleador debe pagarte los fondos al terminar la relación, con un interés del 6 % anual, y un recargo del 50 % si hay que reclamarlos en juicio (art. 202).
Cómo retirar los fondos acumulados en el IESS
Comprueba que tienes 36 aportaciones mensuales o más si sigues en activo; si estás cesante, espera 2 meses desde la salida. Ten una cuenta bancaria activa registrada y validada en el IESS. Presenta la solicitud en línea desde tu cuenta del IESS. El IESS acredita el dinero en el plazo que indica (unos 3 días laborables).
Qué hacer si tu empleador no te los paga
Fondos de reserva frente a los décimos
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el fondo de reserva en Ecuador?
¿Desde cuándo se pagan los fondos de reserva?
¿Las horas extras cuentan para los fondos de reserva?
¿Cuándo puedo retirar mis fondos de reserva del IESS?
Fuentes consultadas
- Código del Trabajo de Ecuador (texto consolidado a abril de 2026), arts. 95, 196-202 y 635
- IESS: fondos de reserva
Contenido informativo, no es asesoramiento legal ni fiscal. Las normas cambian: antes de decidir, comprueba la cifra vigente en la fuente oficial o consulta a un profesional. Cómo trabajamos: sobre nosotros.