Fondos de reserva en Ecuador: cuánto es, cómo se calcula y cómo se cobra o se retira

Ecuador · 4 min de lectura · Actualizada el 3 de noviembre de 2026

En breve

  • Tienes derecho a los fondos de reserva cuando llevas más de un año con el mismo empleador: equivalen a un mes de remuneración por cada año (el 8,33 % de lo que ganas).
  • Por defecto el empleador te los paga cada mes junto con el sueldo . Si prefieres ahorrarlos, puedes pedir en la web del IESS la acumulación mensual y el empleador los deposita en tu cuenta del IESS.
  • Se calculan sobre toda la remuneración (incluidas horas extras y comisiones), sin los décimos : con $800.00 al mes son $66.64 mensuales, unos $799.68 al año.
  • Es un derecho que no se pierde al cambiar de empleo; si sumas más de un año con el mismo empleador, cuentan los periodos anteriores.

Qué son los fondos de reserva y quién tiene derecho

Son un pago adicional que el Código del Trabajo (art. 196) reconoce a todo trabajador que lleve más de un año de servicio con el mismo empleador: un mes de sueldo por cada año completo posterior al primero . En la práctica se reparte mes a mes, como el 8,33 % de la remuneración (un mes entre doce). No se pierde «por ningún motivo»: si dejas el empleo antes del año y vuelves con el mismo empleador, se suman los periodos.

Cómo se calculan: qué sueldo cuenta

La base es toda la remuneración que recibes en dinero o en especie, no solo el sueldo básico: entran las horas extras y suplementarias , las comisiones y lo ganado a destajo. Quedan fuera los décimos, las utilidades y los viáticos ocasionales. Con $800.00 al mes: $800.00 × 8,33 % = $66.64 al mes. Si un mes ganas $920.00 por horas extras, ese mes te corresponden $76.64 . El salario básico unificado de 2026 es $482.00.

Ejemplo de fondos de reserva con 800 USD de remuneración mensual
PeriodoCálculoImporte
Un mes $800.00 × 8,33 % $66.64
Un año $66.64 × 12 $799.68
Mes con horas extras $920.00 × 8,33 % $76.64

Cómo se cobran: pago mensual o acumulación en el IESS

  • Pago mensual (por defecto): el empleador te los entrega junto con tu sueldo. Debe constar en el rol de pagos.
  • Acumulación en el IESS: si lo solicitas en la web del IESS, el empleador deposita el 8,33 % junto con la planilla de aportes y quedan en tu cuenta individual.
  • Mora del empleador: si no los deposita dentro de los 15 primeros días del mes siguiente, se genera mora con recargos.
  • Si no estás afiliado: el empleador debe pagarte los fondos al terminar la relación, con un interés del 6 % anual, y un recargo del 50 % si hay que reclamarlos en juicio (art. 202).

Elegir pago mensual o acumulación es una decisión personal: lo que acumulas en el IESS solo puedes retirarlo con los requisitos del IESS, mientras que el pago mensual lo tienes disponible desde el primer día.

Cómo retirar los fondos acumulados en el IESS

  1. Comprueba que tienes 36 aportaciones mensuales o más si sigues en activo; si estás cesante, espera 2 meses desde la salida.
  2. Ten una cuenta bancaria activa registrada y validada en el IESS.
  3. Presenta la solicitud en línea desde tu cuenta del IESS.
  4. El IESS acredita el dinero en el plazo que indica (unos 3 días laborables).

Qué hacer si tu empleador no te los paga

Reclámalos por escrito y revisa tus planillas del IESS: si el empleador no los deposita, genera mora y puedes denunciarlo. Las deudas laborales prescriben a los 3 años desde que termina la relación de trabajo (art. 635), así que no esperes. Para revisar todo lo que te deben al salir, consulta la guía de despido intempestivo y desahucio .

Fondos de reserva frente a los décimos

Son tres pagos distintos: el décimo tercero (una doceava de lo ganado en el año), el décimo cuarto (un salario básico) y los fondos de reserva (una doceava parte mensual desde el segundo año). Lee la guía de décimo tercero y décimo cuarto para no mezclarlos.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el fondo de reserva en Ecuador?
El 8,33 % de tu remuneración mensual (un mes de sueldo por cada año de servicio), a partir de que cumples un año con el mismo empleador.
¿Desde cuándo se pagan los fondos de reserva?
Desde el mes siguiente a cumplir un año de trabajo para el mismo empleador. En el primer año no se generan.
¿Las horas extras cuentan para los fondos de reserva?
Sí: la base es toda la remuneración, incluidas las horas extras y suplementarias y las comisiones. No cuentan los décimos ni las utilidades.
¿Cuándo puedo retirar mis fondos de reserva del IESS?
Con 36 aportaciones mensuales o más si estás en activo, o a los 2 meses de cesar en el empleo, y con una cuenta bancaria validada en el IESS.

Fuentes consultadas

Contenido informativo, no es asesoramiento legal ni fiscal. Las normas cambian: antes de decidir, comprueba la cifra vigente en la fuente oficial o consulta a un profesional. Cómo trabajamos: sobre nosotros.

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