Liquidación de beneficios sociales en Perú: qué te deben pagar al dejar el trabajo
Perú · 4 min de lectura · Actualizada el 18 de octubre de 2026
En breve
La liquidación de beneficios sociales es el pago de todo lo que se te debe al terminar el contrato: sueldo pendiente, CTS, vacaciones y gratificación truncas . El empleador debe pagarla dentro de las 48 horas del cese. Si el despido es arbitrario (sin causa justa) en un contrato indefinido, se suma una indemnización de 1.5 remuneraciones por año con tope de 12. Si renuncias o terminas por mutuo acuerdo, tienes derecho a la liquidación pero no a la indemnización.
Qué se llama «truncos»
Qué incluye la liquidación
Remuneración pendiente: los días trabajados del último mes que no se pagaron. CTS trunca: la parte de la CTS desde el último depósito hasta la fecha de cese (ver CTS ). Vacaciones truncas: la parte proporcional de las vacaciones del año en curso, más las vacaciones vencidas y no gozadas. Gratificación trunca más su bonificación extraordinaria (ver gratificaciones ): un sexto por cada mes completo del semestre. Indemnización, solo si el despido fue arbitrario o el contrato a plazo fijo se terminó antes de vencer. Utilidades del año anterior, si la empresa las reparte y no te las habían pagado.
Ejemplo: renuncia con sueldo de S/ 3,000
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
Indemnización por despido arbitrario
Plazos y qué hacer si no te pagan
El empleador debe pagar la liquidación dentro de las 48 horas de producido el cese. Revisa la liquidación: pide el cálculo por conceptos y comprueba fechas, sueldo base y asignación familiar. Si no paga, puedes presentar un reclamo ante SUNAFIL o iniciar un proceso laboral; hay intereses laborales por el retraso. Los beneficios sociales prescriben a los cuatro años desde el cese.
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Preguntas frecuentes
¿En cuántos días me deben pagar la liquidación en Perú?
¿Tengo derecho a la CTS si renuncio?
¿Cuánto es la indemnización por despido arbitrario?
¿Las vacaciones no gozadas se pagan en la liquidación?
Fuentes consultadas
- Decreto Legislativo 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral (gob.pe)
- SUNAFIL
- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
Contenido informativo, no es asesoramiento legal ni fiscal. Las normas cambian: antes de decidir, comprueba la cifra vigente en la fuente oficial o consulta a un profesional. Cómo trabajamos: sobre nosotros.