Gratificaciones en Perú: cuánto te pagan en julio y diciembre y la bonificación del 9 %

Perú · 4 min de lectura · Actualizada el 18 de octubre de 2026

En breve

  • Las gratificaciones son dos pagos al año, en julio y diciembre , de un sueldo cada uno para el régimen laboral general.
  • Se pagan hasta el 15 de julio y el 15 de diciembre y llevan una bonificación extraordinaria del 9 % (6,75 % si estás afiliado a una EPS).
  • Si no completas el semestre, se paga un sexto por cada mes completo trabajado (gratificación trunca).
  • No están afectas a descuentos de AFP u ONP, pero sí cuentan para calcular la CTS y pueden tener impuesto de quinta categoría.

Qué son las gratificaciones

Las gratificaciones por Fiestas Patrias y por Navidad son un beneficio laboral de los trabajadores del régimen general de la actividad privada, regulado por la Ley 27735. Equivalen a una remuneración completa cada una y se pagan en la planilla, junto con el sueldo del mes. Son distintas de la CTS, que se deposita en un banco (mira la guía de la CTS ).

Cuándo se pagan y quién las recibe

Fechas y periodos de las gratificaciones en Perú
GratificaciónSe paga hastaSemestre que se considera
Fiestas Patrias 15 de julio Enero a junio
Navidad 15 de diciembre Julio a diciembre

Tienen derecho los trabajadores del régimen general que estén en planilla en el semestre correspondiente, incluidos los de plazo fijo, y los que hayan trabajado al menos un mes completo. Los trabajadores de la pequeña empresa reciben la mitad (medio sueldo) y los de la microempresa no las reciben, si la empresa está inscrita en el REMYPE.

Cómo se calcula

La base es la remuneración computable : el sueldo básico más la asignación familiar (10 % de la remuneración mínima vital, S/ 113.00 con una RMV de S/ 1,130.00) y el promedio de los pagos variables (comisiones, horas extras habituales). Si trabajaste el semestre completo, la gratificación es esa base entera.

Ejemplo con sueldo de S/ 3,000.00 y asignación familiar

Gratificación de julio con un sueldo de S/ 3,000.00 y asignación familiar
ConceptoImporte
Sueldo básico S/ 3,000.00
Asignación familiar (10 % de la RMV) S/ 113.00
Remuneración computable S/ 3,113.00
Gratificación (semestre completo) S/ 3,113.00
Bonificación extraordinaria (9 % con EsSalud) S/ 280.17
Total a recibir en julioS/ 3,393.17

Si estás afiliado a una EPS, la bonificación es del 6,75 % (S/ 210.13 en el ejemplo). La bonificación extraordinaria no es remunerativa (no genera aportes), pero se incluye como ingreso al calcular la retención del impuesto a la renta de quinta categoría (mira quinta categoría ).

Si no trabajaste el semestre completo

La gratificación se calcula por sextos : un sexto de la remuneración computable por cada mes calendario completo trabajado en el semestre. Con la base del ejemplo, cada mes completo vale S/ 518.83. Quien ingresó el 1 de abril, por ejemplo, tiene tres meses completos (abril, mayo y junio) y recibe S/ 1,556.50 en julio, más su bonificación proporcional. Los meses incompletos no cuentan.

Cuando el contrato termina antes de julio o diciembre, el empleador debe pagar la gratificación trunca en la liquidación de beneficios sociales (ver liquidación en Perú ).

Qué descuentos afectan a las gratificaciones

  • No están sujetas a aportes de AFP u ONP.
  • Sí cuentan en la base para el cálculo de la CTS (un sexto de la gratificación).
  • Cuentan como ingreso a efectos de la retención de quinta categoría, que se recalcula cuando se pagan.

Qué hacer si no te las pagan

  1. Revisa tu boleta de pago de julio o diciembre y confirma que aparece la gratificación y la bonificación.
  2. Pide por escrito a tu empleador que corrija el pago.
  3. Puedes presentar un reclamo ante SUNAFIL; el incumplimiento es sancionable.
  4. Los beneficios sociales prescriben a los cuatro años desde el cese.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto me corresponde de gratificación si gano S/ 3,000?
Un sueldo completo (S/ 3,000.00 más la asignación familiar si la tienes) por cada gratificación, más la bonificación extraordinaria del 9 %. En el ejemplo con asignación familiar, S/ 3,393.17 en cada fecha.
¿Qué es la bonificación extraordinaria del 9 %?
Es un pago adicional de la Ley 30334 que equivale al aporte del empleador a EsSalud (9 %) y se suma a la gratificación para que el trabajador reciba el monto completo, sin descuentos por aporte. Con EPS es del 6,75 %.
¿Se pagan gratificaciones a los trabajadores de plazo fijo?
Sí, si están en el régimen general y cumplen el requisito de tiempo del semestre; se calculan por sextos.
¿Las gratificaciones pagan impuesto a la renta?
Sí, son ingresos de quinta categoría y la retención del mes en que se pagan aumenta. La bonificación extraordinaria no es remunerativa, pero también se incluye en el cálculo de la retención.

Fuentes consultadas

Contenido informativo, no es asesoramiento legal ni fiscal. Las normas cambian: antes de decidir, comprueba la cifra vigente en la fuente oficial o consulta a un profesional. Cómo trabajamos: sobre nosotros.

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