Incapacidad por enfermedad general en Colombia: quién paga cada día y cuánto pagan
Colombia · 5 min de lectura · Actualizada el 3 de noviembre de 2026
En breve
Los días 1 y 2 de una incapacidad por enfermedad general los paga el empleador ; desde el día 3 los reconoce la EPS . Se paga el 66,67 % del salario los primeros 90 días y el 50 % del día 91 al 180, con un mínimo de un salario mínimo (no puede quedar por debajo). Para que la EPS la reconozca debes haber cotizado al menos 4 semanas seguidas antes de que empiece la incapacidad. Con un salario de $3.000.000, una incapacidad de 10 días paga unos $666.667 (el 66,67 % de $100.000 al día).
Quién paga cada tramo de la incapacidad
| Días de incapacidad | Quién paga | Cuánto |
|---|---|---|
Cuánto pagan: el piso del salario mínimo
Requisitos para que la EPS pague
Ser cotizante de la EPS y haber cotizado al menos 4 semanas (28 días) seguidas justo antes de iniciar la incapacidad (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.3.3.1). La regla es la misma para dependientes e independientes. Estar al día en los aportes del periodo en que empieza la incapacidad. Certificado de incapacidad expedido por un médico u odontólogo de la red de la EPS, con diagnóstico, fechas y días. Cada certificado cubre hasta 30 días y se renueva si la incapacidad continúa. Cuenta propia o contratista: la EPS paga sobre el IBC con el que cotizaste, así que cotizar por menos reduce el pago.
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Cómo cobrar la incapacidad
Entrega el certificado de incapacidad a tu empleador (o radícalo en la EPS si eres independiente) lo antes posible. La empresa paga los 2 primeros días y gestiona el cobro del resto ante la EPS. La EPS tiene 15 días hábiles para revisar y liquidar la solicitud, y 5 días hábiles más para pagar; si se retrasa, debe intereses de mora (Decreto 780 de 2016, art. 2.2.3.4.3). Si no pagan, reclama por escrito a la EPS y después a la Superintendencia de Salud. El reclamo escrito interrumpe la prescripción general de 3 años.
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Preguntas frecuentes
¿Quién paga los primeros días de incapacidad en Colombia?
¿Cuánto pagan de incapacidad?
¿Cuántos días de incapacidad se pueden tener?
¿Cuánto tiempo tiene la EPS para pagar la incapacidad?
Fuentes consultadas
- Decreto 780 de 2016, arts. 2.2.3.3.1, 2.2.3.4.3 y 3.2.1.10 (Función Pública)
- Código Sustantivo del Trabajo, art. 227
- Ministerio de Salud y Protección Social: concepto jurídico 2024116001238451
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